Dos acontecimientos recientes evidencian
el curso soterrado del gobierno actual de acabar con el cumplimiento de la Ley
N° 29785 del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u
originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT), del cual el Perú es signatario desde el año 1995.
Primero, la falta de
voluntad de llevar adelante la consulta del nuevo contrato de explotación del
Lote 192. El agotamiento de la frontera de la exigencia se ha trasladado al
terreno de la protesta indefinida de los hermanos indígenas que se han visto
afectado por más de 40 años. Segundo, el día de ayer el ejecutivo
oficializó la Ley 30670, Ley que declara de necesidad pública e interés
nacional la construcción de la Carretera Iquitos-Saramiriza para su
interconexión con la costa norte. La ruta de la carretera comprende
Iquitos-Santa María de Nanay-12 de Octubre-Andoas-Saramiriza.
La promulgación de esta Ley desnuda
los planes del gobierno de conceder favores a las empresas dedicadas a las
actividades extractivas en Loreto donde no hay ni siquiera una zonificación
participativa que hubiera permitido conocer y encontrar solución a los
problemas de superposición de títulos habilitantes con los derechos
territoriales de los pueblos indígenas. Una hendidura sinuosa en la selva desde
Iquitos a Saramiriza, sin duda alguna, traerá consigo los mismos males (minería
informal, deforestación, trata de personas, narcotráfico que vendrá junto a
asesinatos, secuestros, corrupción, tráfico de tierras y otros) que padece la
selva y sus habitantes relacionados directamente con la carretera Interoceánica
Sur, en Madre de Dios y la Marginal de la Selva, en el Huallaga Central.
Asimismo, con esta Ley el Estado ha fijado el terreno para no hacer caminar el
cumplimiento de la Ley del derecho a la consulta previa sino hacer prevalecer el
artilugio político y la falacia denominado “necesidad pública e interés
nacional”. Pues, no representa el interés ni la necesidad de los que viven en
el lugar.
La Corte Interamericana de
Derechos Humanos sostiene que “la objeción para no aplicar un derecho
fundamental porque retardan o alejan las inversiones es inválida, insuficiente
y errada, pues solo con reglas claras y transparentes, basadas en el respeto al
estado democrático de derecho, se podrán desarrollar actividades productivas
sin los conflictos sociales, que conllevan pérdidas humanas y económicas”.
La consulta previa es un derecho
de los pueblos indígenas que el Estado peruano está obligado a llevar adelante
y constituye el gesto democrático más importante de respeto de los derechos
humanos que el mundo hasta el día de hoy no ha dejado de defender y proteger. Cómo
piensa el Perú formar parte de la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económicos (OCDE) y qué logros el mundo podrá ver en las vitrinas
del bicentenario, después de tanto revés y contradicciones.
La carretera Iquitos – Saramiriza
pasando por las entrañas de la selva virgen y por el hogar de miles de familias
indígenas podría ser viable si se pone en marcha un proceso de diálogo que
venga acompañado de un conjunto de medidas que asegure los derechos colectivos,
deforestación cero, control contra las actividades ilícitas y protección de la
diversidad biológica.