Thursday, October 05, 2017

Amenaza de muerte de la Ley de Consulta Previa en el Perú




Dos acontecimientos recientes evidencian el curso soterrado del gobierno actual de acabar con el cumplimiento de la Ley N° 29785 del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), del cual el Perú es signatario desde el año 1995.

Primero, la falta de voluntad de llevar adelante la consulta del nuevo contrato de explotación del Lote 192. El agotamiento de la frontera de la exigencia se ha trasladado al terreno de la protesta indefinida de los hermanos indígenas que se han visto afectado por más de 40 años. Segundo, el día de ayer el ejecutivo oficializó la Ley 30670, Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la construcción de la Carretera Iquitos-Saramiriza para su interconexión con la costa norte. La ruta de la carretera comprende Iquitos-Santa María de Nanay-12 de Octubre-Andoas-Saramiriza.

La promulgación de esta Ley desnuda los planes del gobierno de conceder favores a las empresas dedicadas a las actividades extractivas en Loreto donde no hay ni siquiera una zonificación participativa que hubiera permitido conocer y encontrar solución a los problemas de superposición de títulos habilitantes con los derechos territoriales de los pueblos indígenas. Una hendidura sinuosa en la selva desde Iquitos a Saramiriza, sin duda alguna, traerá consigo los mismos males (minería informal, deforestación, trata de personas, narcotráfico que vendrá junto a asesinatos, secuestros, corrupción, tráfico de tierras y otros) que padece la selva y sus habitantes relacionados directamente con la carretera Interoceánica Sur, en Madre de Dios y la Marginal de la Selva, en el Huallaga Central. Asimismo, con esta Ley el Estado ha fijado el terreno para no hacer caminar el cumplimiento de la Ley del derecho a la consulta previa sino hacer prevalecer el artilugio político y la falacia denominado “necesidad pública e interés nacional”. Pues, no representa el interés ni la necesidad de los que viven en el lugar. 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos sostiene que “la objeción para no aplicar un derecho fundamental porque retardan o alejan las inversiones es inválida, insuficiente y errada, pues solo con reglas claras y transparentes, basadas en el respeto al estado democrático de derecho, se podrán desarrollar actividades productivas sin los conflictos sociales, que conllevan pérdidas humanas y económicas”.

La consulta previa es un derecho de los pueblos indígenas que el Estado peruano está obligado a llevar adelante y constituye el gesto democrático más importante de respeto de los derechos humanos que el mundo hasta el día de hoy no ha dejado de defender y proteger. Cómo piensa el Perú formar parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y qué logros el mundo podrá ver en las vitrinas del bicentenario, después de tanto revés y contradicciones. 

La carretera Iquitos – Saramiriza pasando por las entrañas de la selva virgen y por el hogar de miles de familias indígenas podría ser viable si se pone en marcha un proceso de diálogo que venga acompañado de un conjunto de medidas que asegure los derechos colectivos, deforestación cero, control contra las actividades ilícitas y protección de la diversidad biológica.

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