Según informe de trabajo de campo
del PIAV – AIDESEP, el 30 de diciembre de 2012, ingresó un grupo conformado por
40 personas dentro del territorio de las comunidades nativas “El Lobo” y “Nuevo
Capanahua”, asentados en el río Blanco, Provincia de Requena. Todos uniformados
y con los credenciales de la empresa petrolera Pacific Stratus convocaron a “talleres”
de información, donde participaron dirigentes y pobladores de las dos
comunidades. Los representantes de la empresa petrolera dijeron, en resumen,
que llegaron para la construcción de bases, sub bases, campamentos volantes y
helipuertos, como parte de la infraestructura para la logística de exploración
de petróleo en el Lote 135. El personal de Pacific Stratus estuvieron
acompañados por monitores de SERNANP y falsos “guías antropológicos”, después
de una rigurosa investigación se descubrió que fueron “motocarristas,
enfermeros, técnicos agropecuarios, etc.”, reclutados en la ciudad de Iquitos. Los
dirigentes y pobladores de las dos comunidades rechazaron cualquier actividad
petrolera, expresaron su temor por la contaminación del agua, la destrucción
del bosque y el alejamiento de especies alimenticias, cuyas bondades propicia
la subsistencia de los pobladores del lugar. Entonces, el representante de Pacific
Stratus dijo con prepotencia: “No tienen derecho, pues no tienen territorio”,
“las dos comunidades no están tituladas, inclusive no tienen reconocimiento”. Seguidamente,
habló sobre la economía y el progreso comunal basado en la
explotación de petróleo. Los dirigentes y pobladores quedaron asustados por la
excluyente y temeraria sentencia que empuja hacia la imposibilidad de ejercer el
derecho de defender y decidir sobre el territorio donde nació la estirpe, hace
miles de lunas. Los “talleres” no alcanzaron acuerdos de ningún nivel, dejando
claro que Pacific Stratus actuaría paradójicamente en agravio de las culturas
primigenias, basado en la desvirtuada lógica de la virgen amazonia “que actúa
como factor limitante a las poblaciones existentes”.
Incompatibilidades.
El Lote 135 concesionado a favor
de la empresa petrolera Pacific Stratus está sobrepuesto a la Zona Reservada
Sierra del Divisor, creado en el año 2006, mediante Resolución Ministerial Nº
0283-2006-A, con la finalidad de proteger la importante diversidad biológica de
la zona. “Este
lugar alberga las únicas cadenas montañosas en la selva baja peruana, que se
originaron hace más de 20 millones de años, casi al mismo tiempo en que el
Hombre de Neardenthal habitaba Europa Central. La importancia de esta “Sierra” en
medio de la selva es que genera condiciones propicias para importantes y largos
procesos de evolución, de los que eventualmente pueden resultar nuevas especies
de flora y fauna. Este privilegiado rincón del país alberga poblaciones bien
conservadas de flora y fauna que en otros lugares se encuentran amenazadas” (Sierra del Divisor: Maravilla Desconocida.
Caretas, Edic. 2221, Dic. 2012). Empero, el Estado peruano identifica
primero como un lugar de prioritaria conservación y, luego, admite la exploración
y explotación de hidrocarburos, actividad altamente incompatible con los
objetivos de la Zona. La conducción práctica de un doble discurso afincaría en
la Zona Reservada Sierra del Divisor el germen de la transformación social,
ecológica y ambientalmente inviable.
Asimismo, AIDESEP y ORPIO, vienen
gestionado ante el Estado la creación de la Reserva Indígena Tapiche – Blanco –
Yaquerana, hoy sobrepuesto por el Lote 135, a favor de los pueblos indígenas en
aislamiento, cuya presencia “ha sido ratificado por los funcionarios de INDEPA,
la misma que será publicado mediante un informe oficial”. Los antecedentes de
vida de los pueblos indígenas en aislamiento en la Zona se han demostrado mediante
acciones concretas de protección. Brasil ha desarrollado políticas y normas que
garantiza la vida los pueblos aislamiento ante la amenaza inherente a las
actividades extractivas, para ello creó la categoría de “Tierra Indígena Valle
del Yavarí” en la frontera del Estado de Acre (Brasil) con Perú, colindante con
la Zona Reservada Sierra del Divisor. Estudios antropológicos afirman que los
pueblos en aislamiento traspasan la frontera, periódicamente.
Recientemente, la Revista Caretas
publicó un artículo donde menciona: “Además,
la Sierra del Divisor se extiende sobre la Reserva Territorial Isconahua,
creada por el Gobierno Regional de Ucayali para la protección de pueblos indígenas
en aislamiento voluntario. Asimismo, es un lugar que los científicos llaman “zona
fuente”, porque allá se genera el agua y los recursos naturales que necesitan
para subsistir los pobladores indígenas y mestizos que habitan en las partes
bajas de las cuencas; y también suministra alimentos a importantes ciudades de
la Amazonia como Pucallpa, Contamana y Requena” (Sierra del Divisor: Maravilla
Desconocida. Caretas, Edic. 2221, Dic. 2012).
Conclusión.
El Estado, AIDESEP y ONGs que
actúan y coordinan acciones para la protección de las personas y la diversidad
biológica de la Zona, deben armonizar intereses proclives a la defensa de la
vida, desde un enfoque histórico y social. Monitorear in situ la relación de Pacific
Stratus con las comunidades a fin de evitar irrespetuosas formas de
discriminación. Ante todo, se debe implementar la Ley de Consulta Previa.
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